Almería

Condenados los 3 miembros de una banda por robar 10.900 plantas de marihuana en una nave

Previamente agredieron a la persona encargada de custodiar la plantación, quien también ha sido condenado

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  • Marihuana.

La Audiencia Provincial almeriense ha condenado a tres miembros de una banda por el robo en una nave industrial que había sido ocupada en El Ejido para el secado de cerca de 10.900 plantas de marihuana que trataron de robar en su totalidad, para lo que previamente agredieron a la persona encargada de custodiar la plantación, quien también ha sido condenado.

El fallo, consultado por Europa Press y sobre el que cabe recurso de apelación, impone hasta siete años y diez meses de prisión para uno de los miembros de la banda acusado de un delito contra la salud pública, robo con violencia y lesiones con agravante de reincidencia, al constarle una condena anterior, y la atenuante de reparación de daño. A los otros dos miembros les impone seis meses menos que a su compinche.

En este sentido, la Sección Segunda da por probado que los tres se dirigieron sobre las 0,15 horas del 14 de octubre del pasado año en una furgoneta hasta una nave ubicada en Santa María del Águila donde sabían que se encontraban las plantas en proceso de secado para intentar apoderarse de ellas.

A su llegada, encontraron a la persona encargada de vigilar el acceso, quien les negó las llaves para poder entrar en el almacén. Ante su negativa, los acusados golpearon al vigilante, quien a causa del ataque perdió uno de los dientes y sufrió diferentes hematomas y encisiones por la cara y el cuerpo.

Una vez dentro del almacén sustrajeron 689 plantas de cannabis para su posterior venta entre terceras personas y las cargaron en una furgoneta, en la que partieron dos de los acusados. Media hora más tarde fueron interceptados por la Guardia Civil.

De forma paralela, agentes de la Policía nacional se personaron en la nave donde encontraron al vigilante herido en el suelo, quien ha sido condenado a tres años y nueve meses de prisión, y al tercer miembro de la banda, quien intentó fugarse sin éxito.

El valor de la droga intervenida en el mercado ilícito habría alcanzado un valor de 3.345.650 euros. A pesar de que las defensas trataron de alegar que se trataba de cáñamo industrial y no de cannabis, el tribunal apela al informe emitido por la perito en la que se explicita que "la sustancia identificada era cannabis, resina de cannabis y otros derivados del cannabis" de modo que el THC se encuentra incluido en la lista I del Convenio de 1971 de sustancias psicotrópicas. "Queda claro, pues, que la sustancia no es cáñamo industrial sino cannabis", atajan los magistrados.

A cada uno de los acusados se les ha impuesto además una multa de 700.000 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria por impago de dos meses de prisión, toda vez que al condenado por custodiar el estupefaciente se le ha sustituido la pena por su expulsión del territorio nacional una vez haya cumplido las dos terceras partes de la condena o alcanzado el tercer grado penitenciario, no pudiendo regresar a España en el plazo de diez años.

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