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Andalucía

Que el ruido de la Navidad no lo estropee el mal uso de los petardos

Aunque cada vez menos, la Navidad sigue  estando asociada al ruido de petardos, a la costumbre de arrojarlos en plena calle y, muchas veces, por niños

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  • Adornos de Navidad. -

Aunque cada vez menos, la Navidad sigue  estando asociada al ruido de petardos, a la costumbre de arrojarlos en plena calle y, muchas veces, por niños. Pese a la pequeña carga explosiva de los usados habitualmente en estas fechas, no están exentos de peligro y, por eso, hay que saber dónde comprarlos: nunca a granel, ni en mercadillos ni en puestos ambulantes.

Lo prohíbe el Reglamento de Artículos Pirotécnicos y Cartuchería de 2015, una norma que se desgajó de la general de explosivos y se ha convertido en el 'zoom' de las autoridades para focalizar aún más el control de la pirotecnia.

EFE ha hablado con el cabo mayor de la Intervención de Armas y Explosivos de la Comandancia de la Guardia Civil en la Comunidad de Madrid, Ginés Taboadela, para conocer cómo se controla el mercado de estos productos y los consejos básicos para el consumidor.

Cada vez se tiran menos petardos en las calle, pero aún puede verse a algún niño con edad bastante inferior a la permitida arrojar algún artículo pirotécnico en presencia de sus padres. De todos modos, se trata de casos aislados porque hay cada vez más concienciación del peligro que pueden acarrear.

Durante todo el año la Guardia Civil inspecciona y controla su venta y uso. Y ¡ojo!, porque no cumplir las normas para el comercio, almacenamiento y fabricación, amén de otros aspectos, puede acarrear multas que van desde los 300 a los 600 euros en caso de las infracciones leves, a entre 601 y 30.000 euros para las graves y ente 30.001 y 600.000 euros para las muy graves.

Categorías de los artículos y edades mínimas para su uso

Es el artículo 8 del Reglamento el que recoge las categorías en la pirotecnia. Para la primera de ellas, la F1, la edad mínima para su uso es de 12 años, dado que su peligro es "muy bajo" y el nivel ruido que provoca es insignificante. Deben usarse en zonas delimitadas.

Para los artículos calificados como F2 hay que tener mínimo 16 años para poder utilizarlos, pero siempre que sea al aire libre y en zonas delimitadas. Son de baja peligrosidad.

Tener 18 años es un requisito indispensable para comprar y utilizar los artificios de categoría F3, que tienen un peligro "medio", su nivel de ruido no es perjudicial para la salud y solo pueden "tirarse" al aire libre en zonas de gran superficie.

En cualquier caso es mejor enterarse de lo que han regulado las comunidades autónomas en cuestión de edades, ya que el reglamento les otorga la potestad de rebajarlas en determinados supuestos.

Y existe otra categoría, la F-4, pero son artificios que solo pueden manipular expertos.

Hay más categorías, pero en Navidad se usan fundamentalmente las tres primeras. Todas, independientemente de su carga, son inflamables y pueden provocar daños si no se usan adecuadamente.

Recuerda el especialista de la Guardia Civil que cuando se compre un artículo de este tipo, el cliente debe comprobar que está debidamente envasado, que la etiqueta lleve el marcado CE, que esté especificada la categoría del artículo (es decir, qué F es), que contenga las instrucciones de uso y que ponga la edad mínima para utilizarlo.

La venta

La venta por los establecimientos -ya sea de forma permanente o temporal- tiene que estar autorizada por la Delegación del Gobierno correspondiente o, en el caso de las tiendas que solo expenden artículos F1, haber sido comunicada a la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil del territorio.

Pueden vender todo tipo de artículos de la categoría F1, menos los llamados truenos de impacto por su nivel de ruido, recuerda el cabo mayor.

Frente a los otros establecimientos, a los que se les requiere unas medidas de seguridad, a los comercios que solo pueden vender F1 no se les exige, pero solo deben almacenar una cantidad que no supere los 5 kilogramos de peso neto en materia explosiva (NEC).

El cabo mayor explica a EFE que, en general, se cumple la normativa y que la mayoría de las infracciones que se detectan en la comercialización de esos productos son de carácter leve, como no haberlo comunicado, haber informado de la venta de una categoría y realmente vender otra o irregularidades en los libros de registro.

Algunas observaciones

Taboadela hace hincapié en la compra telefónica o electrónica, que está permitida para estos artículos siempre y cuando la recogida del material pirotécnico se efectúe en el propio establecimiento de venta por la misma persona que lo adquirió.

Y está expresamente prohibido el envío al público por mensajería, correspondencia u otro tipo de transporte.

La cantidad de artículos pirotécnicos de las categorías F1, F2 y F3 que puede venderse a un único comprador no podrá superar los 10 kilogramos.

Tampoco se pueden transportar en un solo vehículo particular más de 15 kilos NEC. 

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