Jerez

El Pleno aprueba el expediente de incompatibilidad de Pacheco y López

Una vez trasladada la resolución a la Junta Electoral Central se consideran vacantes los cargos de los dos concejales y la Junta Electoral tendrá que expedir credenciales acreditativas a los candidatos que correspondan

Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai Publicidad AiPublicidad Ai Publicidad AiPublicidad Ai Publicidad AiPublicidad Ai

El Pleno del Ayuntamiento de Jerez ha aprobado, con el voto favorable del PP, en contra de Foro Ciudadano y la abstención de PSOE e IU, el expediente de incompatibilidad de los concejales Pedro Pacheco y José López, ambos condenados por el conocido como 'caso asesores'.

   Según ha indicado el Consistorio jerezano en un comunicado, esto así tras haberse desestimado las alegaciones presentadas por ambos conforme a la Ley Orgánica de Régimen Electoral General. En consecuencia, y al entender que se da el supuesto incompatibilidad para el ejercicio de sus respectivos cargos, deben cesar en los mismos como concejales del Ayuntamiento jerezano y el traslado de esta resolución a la Junta Electoral Central.

   Señala el Ayuntamiento que el informe jurídico entiende que se da el supuesto de incompatibilidad para el ejercicio de sus respectivos cargos de concejal en el Ayuntamiento de acuerdo con la Ley Orgánica de Régimen Electoral General, concretamente por lo expuesto en su artículo 6.2.b), 177-2 y 178.1 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de enero, de Régimen Electoral General. Y avala el informe emitido en el anterior Pleno por la Oficial Mayor del Ayuntamiento en el que se "se da el supuesto de incompatibilidad".


   Asimismo, recuerda que el Pleno celebrado el pasado 24 de mayo aprobó incoar el expediente para la declaración de incompatibilidad sobrevenida con el cargo de concejal del Ayuntamiento de Jerez de Pedro Pacheco y José López de acuerdo con la Ley Orgánica de Régimen Electoral General, así como tomar conocimiento de la sentencia dictada por la Sección Octava de la Audiencia Provincial que condena a ambos concejales por un delito continuado de prevaricación en concurso medial con un delito continuado de malversación de caudales públicos y notificar la incoación del expediente a los interesados.

   Una vez trasladada esta resolución a la Junta Electoral Central se consideran vacantes los cargos de los dos concejales y, por tanto, la Junta Electoral tendrá que expedir credenciales acreditativas de la condición de electos a favor de los candidatos que correspondan, haciendo constar que, a juicio de la Corporación, a tenor de la certificación expedida por la Secretaría de la Junta Electoral de Zona de Jerez el 25 de abril de 2011 corresponde cubrir las vacantes a Daniel Gómez Jiménez y Manuel Rosa Prado.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN