La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a tres años de cárcel a un hombre de 44 años que intentó violar a una mujer de 60 años, a quien abordó en las proximidades de un bar ubicado en la barriada de Santa María del Águila, en El Ejido, y a quien introdujo por la fuerza en un almacén abandonado donde tenía su residencia para, así, consumar la agresión.
La sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press y contra la que cabe recurso de casación al Tribunal Supremo (TS), estima, no obstante, que I.C. actuó bajo la influencia de bebidas alcohólicas y se aviene a la petición del fiscal, que rebajó la pena de cinco años de cárcel que interesaba provisionalmente.
Los hechos se remontan a las 23,00 horas del 4 de julio de 2012. El acusado abordó a la mujer en las inmediaciones de un bar en el que ella trabajaba de camarera y, "cogiéndola fuertemente del brazo", la condujo hasta un almacén que se encontraba abandonado y donde tenía su vivienda mientras "le tapaba la boca con la mano para evitar que se oyeran los gritos que lanzaba".
Cuando estaban en el interior, se desnudó y arrojó a la víctima sobre la cama para, con "ánimo de satisfacer sus deseos libidinosos", intentar consumar la agresión aunque "sin llegar a conseguirlo debido a la "fuerte resistencia de ella, quien pataleaba y forcejeaba con su agresor".
Así, logró "tirarle al suelo y poder salir huyendo" aunque I.C. le dio alcance y la introdujo de nuevo en el almacén. El tribunal de la Sección Tercera remarca que cesó en la agresión cuando vio "las magulladuras que tenía en el rostro como consecuencia de la lucha" y, a continuación, "la dejó marchar".
Considera, por tanto, que, si bien el acusado tenía "la intención de llevar a cabo un acceso carnal", este no se llegó a producir por "causas ajenas a su voluntad" y, en concreto, debido a "a la fuerte y contumaz oposición de la víctima, que logró derribarlo por el estado de embriaguez en que se hallaba pese a lo cual volvió a interceptarla".
La sentencia rechaza la versión que de los hechos ofreció en sala I.C. ya que, si bien en instrucción aseguró que llegó "a tener relaciones sexuales completas y consentidas con la víctima, a cambio de remuneración como había hecho otras veces", en sala negó este extremo y afirmó que la denuncia se produjo "porque no habían llegado a un acuerdo sobre la cantidad que tenía que abonarle".
"Son importantes contradicciones que restan credibilidad a su relato", traslada el tribunal que, por el contrario, señala que la mujer se mantuvo en un relato "uniforme y sin contradicciones", a lo que suma una testifical practicada en juicio.
En esta, la testigo aseguró que la víctima llegó al bar donde trabajaba de camarera unos minutos después de que "se hubiese desembarazado del procesado, con arañazos en la cara y que, si bien en un primer momento, dijo que se había caído al suelo, luego a solas le contó a esta compañera que I.C. la había llevado a la barraca en la que vivía, le había pegado y había intentado violarla sin conseguirlo".
La Sección Tercera también considera probado que el acusado actuó bajo la influencia de bebidas alcohólicas, como expuso en su declaración "la propia víctima" y le aplica la atenuante de embriaguez al determinar la pena en un fallo que le prohíbe acercase a la mujer a menos de 200 metros por un periodo de nueve años.
La sentencia condena, asimismo, a I.C., en prisión provisional desde el 2 de diciembre de 2013, por una falta de lesiones a seis días de localización permanente y al pago de una multa de 1.000 euros ya que la mujer sufrió varias erosiones en la región frontal, puente nasal y en ambas regiones malares que necesitaron para su curación una sola asistencia médica y de las que tardó en curar cinco días.