Condenan a dos personas por construir en una finca de dominio público

Publicado: 28/04/2010
Los hechos se produjeron en 2007 cuando los imputados construyeron una nave sin ninguna autorización
El Juzgado de lo Penal número 2 de Huelva ha condenado a dos personas a un año y ocho meses de prisión para cada una y a pagar más de 2.000 euros por un delito contra la ordenación del territorio y de desobediencia grave, al construir una nave en una finca de dominio público forestal en el término municipal de Lucena del Puerto, que tendrá que ser demolida en el plazo de tres meses.
Según reza la sentencia, los hechos se produjeron en 2007, cuando estas dos personas iniciaron la construcción de una nave, con superficie aproximada de 250 metros cuadrados, sin ninguna autorización administrativa ni licencia para la construcción, en una finca de dominio público forestal, inscrita en el catálogo de Montes Públicos previstos en Ley Estatal de Montes en el paraje Finca Pino de la Cruz o Puerta Polilla, ubicada en la citada localidad, calificada como zona de suelo no urbanizable de protección especial.
Tras advertir los trabajos de construcción, la Delegación Provincial de Medio Ambiente acordó el inicio de expediente sancionador en septiembre, acordando la inmediata paralización de los trabajos de construcción. En este mismo mes, agentes de esta Delegación y de la autoridad se personaron en el lugar y notificaron a los acusados la resolución de paralización de las obras, momento inicial de la construcción, en el que se construían las paredes laterales con ladrillo, sin cubierta alguna. Pese a la notificación, los acusados continuaron con la construcción, por lo que, una vez advertida la desobediencia, el día 12 de septiembre se personaron nuevamente los agentes de la autoridad notificando por segunda vez la resolución que les obligaba a paralizar los trabajos. Pero, pese al segundo requerimiento, los acusados continuaron la construcción hasta dejar totalmente finalizada y pintada la nave de dos plantas construida.
Tras conocer la resolución de paralización, los acusados solicitaron ante el Ayuntamiento de Lucena la solicitud de licencia de construir una nave en una zona distinta de la real, aportando el proyecto y alegando que éste se localizaba en otra zona, no declarada como zona no urbanizable, sin comunicar ni informar de que la obra se había iniciado y paralizado.
Por su parte, el Ayuntamiento, tras analizar la calificación de la zona en la que se manifestaba intención de construir, se concedió la licencia correspondiente en noviembre de 2007, no habiéndose acreditado que los acusados iniciaran desde entonces trabajos de construcción de nave en la zona que indicaron.
Así, por todo ello el juzgado condena a los imputados además de las penas de prisión y la multa, a la demolición de la nave y a la inhabilitación por un año para la profesión de constructor o promotor de obra por el delito contra la ordenación del territorio.

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