Cádiz

La Junta reconoce el valor de la procesión de la Virgen de La Palma cada 1 de noviembre

Inicia el expediente para declarar Bien de Interés Cultural la actividad por parte de la hermandad de La Viña que conmemora el milagro del maremoto de 1755

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  • La Virgen de la Palma, a su paso ante la hornacina del cuadro conmemorativo del maremoto. -

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) ha publicado hoy el inicio del expediente para la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural la Conmemoración del maremoto de 1755 por la Hermandad de La Palma de Cádiz.

El texto destaca que el Rosario y la procesión de la Virgen recuerda cada 1 de noviembre desde 1755 la jornada en la que los sacerdotes de la capilla de la Virgen de la Palma, acompañados de vecinos del barrio que se valían de su protección, atestiguaron ver retroceder las aguas que se adentraban por la calle principal atribuyéndolo a la misma.

La publicación remarca que la celebración anual “refuerza la identidad del barrio”, y remarca la participación de “asociaciones ligadas a esta como los cargadores”, y “el coro de La Viña”.

Todo ello, añade, “acredita los valores históricos, artísticos y etnológicos en la consideración del citado ritual religioso como Patrimonio Cultural Andaluz”.

En la resolución, firmada por la delegada territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, Mercedes Colombo, el 7 de julio, se dicta, además de iniciar el procedimiento de inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural Conmemoración del maremoto de 1755 por la Hermandad de la Palma, adscribir el ámbito territorial vinculado, que comprende la Parroquia de Nuestra Señora de la Palma y el recorrido de la procesión del Santo Rosario hasta La Caleta (calles San Nicolás, Virgen de La Palma, Cristo de la Misericordia, Pericón de Cádiz y la explanada que se abre junto a la puerta de La Caleta).

También se adscriben bienes muebles como el estandarte del Milagro del 1 de noviembre de 1755, el simpecado nuevo, el Crucifijo del Milagro y la talla de la Virgen de la Palma.

Finalmente, se hace saber a “los propietarios, titulares de derechos y simples poseedores de los bienes que tienen el deber de conservarlo, mantenerlos y custodiarlos, de manera que se garantice la salvaguarda de sus valores” y, al Ayuntamiento, que debe procederse a la suspensión de las actuaciones que se estén desarrollando y de licencias municipales de parcelación, edificación o demolición en las zonas afectadas, así como de los efectos de las ya otorgadas, hasta tanto se obtenga la autorización de la Consejería competente en materia de patrimonio histórico”.

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