El Puerto

La Iglesia Mayor Prioral será elevada a Basílica

La Eucaristía tendrá lugar el domingo 25 de enero a las 12.00 horas y estará presidida por el Obispo de la diócesis.

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  • PRIORAL -

Como puede adelantar este medio, la Iglesia Mayor Prioral de la ciudad será elevada a basílica, una vez que se ha recibido hoy el nombramiento por parte de la Santa Sede.

El próximo 25 de enero, Fiesta de la Conversión de San Pablo apóstol, a las 12.00 horas se celebrará  una Eucaristía presidida por el Obispo de Asidonia –Jerez, D. José Mazuelos, en la que se leerá el decreto que le concederá el nuevo título.

Ya en septiembre de 2013 el primer templo de la ciudad se convirtió en Santuario Diocesano.

De esta manera se une a otros templos de la Diócesis que obstentan este título, tan conocidas como la Basílica Nuestra Señora de la Merced y la Basílica Nuestra Señora del Carmen en Jerez, la Basílica Menor y Parroquia Mayor de Santa María de la Asunción de Arcos de la Frontera y la Basílica Nuestra Señora de la Caridad de Sanlúcar.

El término basílica proviene del latín 'basilica' que significa 'regia o real'. Se entiende por basílica cristiana, propiamente dicha, en sentido arquitectónico toda planta rectangular con uno o más ábsides en el testero y con naves a lo largo separadas por columnas, sobre las cuales se apoyan sus correspondientes arcos de tipo romano.

En sentido litúrgico, son basílicas todas aquellas iglesias que, por su importancia, por sus circunstancias históricas o por aspectos de cierto relieve, obtengan ese privilegio papal.

Cuando el Papa eleva a una iglesia a la condición de Basílica Menor le otorga el derecho a lucir en el altar mayor dos signos de la dignidad papal y la unión con la Santa Sede: el conopeo o umbraculum (velo en forma de pabellón para cubrir por fuera el sagrario en que se reserva la eucaristía) y el tintinábulo (pequeña campana de metal montada en un campanario portátil sobre una vara).

Además, el Santo Padre concede a la comunidad que rinde culto en la Basílica la gracia de ganar la indulgencia plenaria si visita el templo en cuatro ocasiones especiales: el día de San Pedro y San Pablo, el día de la Cátedra de San Pedro, el aniversario de la entronización del pontífice reinante, y otra fecha del año elegida libremente.

Para que un templo pueda alcanzar el título basilical, debe reunir tres requisitos: Debe ser un templo de excepcional esplendor, levantado con un perfil destacado. Dicho templo debe ser foco espiritual de una comunidad que es santuario para la multitud de devotos que acuden a él. Que dicho templo, bajo sus bóvedas, posea un tesoro espiritual y sagrado, dando culto ininterrumpido al Señor, a la Virgen y al Santo venerado en él.

También se asocian al templo ciertos deberes, entre ellos: Que el oficio celebrado en ella sea un ejemplo para los demás templos de la Diócesis a la que pertenece, Promover la formación bíblica y religiosa de los fieles, como el estudio y divulgación de los documentos con los que se propone el magisterio del Sumo Pontífice. Obligación de celebrar las fiestas de la Cátedra de San Pedro , de San Pedro y San Pablo, y el aniversario de la exaltación del Sumo Pontífice.

 

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