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España

Air Europa que deberá readmitir a 29 pilotos despedidos en 2012

El Tribunal Supremo rechaza el recurso y el Sepla espera que la aerolínea proceda a la inmediata readmisión de los pilotos afectados

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  • Un avión de Air Europa -

El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado los recursos presentados por Air Europa y por el Abogado del Estado, en representación del Ministerio de Empleo, contra la sentencia de la Audiencia Nacional (AN) dictada el 21 de abril de 2014 que anuló el despido de 29 pilotos de la aerolínea.

   En su fallo, dictado el 24 de noviembre y al que Europa Press ha tenido acceso, la Sala de lo Social del TS hace suyos los pronunciamientos de la AN y ratifica la sentencia de este tribunal, que anuló el ERE por vulnerar las garantías "anti ERE" establecidas en el III Convenio Colectivo de Air Europa. El ERE autorizado en marzo de 2012 afectó a 129 trabajadores, de ellos 44 pilotos.

   Las garantías "anti ERE" prohíben incoar un ERE en el escalafón de Air Europa sin acuerdo con la representación sindical mientras existan vuelos con el indicativo Air Europa o comercializados por Globalia pero operados por otras compañías, es decir vuelos externalizados.

   Además, constata que no se aplicaron las cláusulas en la designación de los pilotos afectados por el ERE y que hubo deficiencias en la aportación de documentación preceptiva durante el periodo de consultas (no se entregaron las cuentas de Air Europa de 2011) que justificara la medida extintiva.

   Según convenio, el escalafón que debe considerarse es en orden inverso entre la totalidad de los pilotos de Air Europa, sin distinción de categorías profesionales (comandantes y copilotos), y que según denunció el Sepla, fue arbitrario.

   En la práctica, la anulación supone que Air Europa debe devolver a estos pilotos su condición laboral previa al despido, así como restaurar retroactivamente sus salarios y cotizaciones desde el momento del despido hasta la fecha de hoy.

   Tras conocerse la sentencia, el Sepla ha celebrado en un comunicado el fallo del alto tribunal y ha confiado en que Air Europa proceda de "inmediato a la readmisión y restitución de los derechos vapuleados a los pilotos afectados por el ERE".

EL ERE AFECTÓ A 44 PILOTOS.

   La Dirección General de Trabajo, dependiente del Ministerio de Empleo, autorizó en marzo del año 2013 a Air Europa a aplicar el ERE planteado por la aerolínea, propiedad del grupo Globalia, a un total de 129 trabajadores, de ellos 70 del colectivo de tierra, 14 de mantenimiento y 44 pilotos.

   La AN declaró nulo el despido de 29 pilotos de Air Europa y las resoluciones de la Dirección General de Empleo de marzo de 2012 que lo avalaron, y ordenó su reincorporación inmediata en sus puestos de trabajo, tras admitir la demanda presentada por los pilotos demandantes y el Sepla.

   El Sepla-Air Europa presentó un recurso en abril contra la autorización del ERE, dictada antes de la entrada en vigor de la reforma laboral, en la que argumentaron que la Administración autorizó el ERE de Air Europa sin tener en cuenta que el art. 9 del convenio colectivo prohíbe presentar un ERE mientras tenga servicios externalizados.

   Hay que recordar que el TS en otra sentencia obliga a Air Europa a abonar las mensualidades de la póliza de garantía de la pérdida de licencia temporal o definitiva que dejó de abonar desde mayo de 2012 a un colectivo de 252 pilotos, tras admitir el recurso de casación presentado por el Sepla.

   Además, el TS confirmó la anulación de una decisión de la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos (CCNCC) de 2013 en la que se estableció una reducción del 8,47% de los salarios a los tripulantes de cabina (TCP) de Air Europa y la inaplicación del complemento de incapacidad temporal derivado de contingencias comunes y profesionales.

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