Durante el periodo de cuarentena, los viajeros deberán permanecer en su domicilio o alojamiento, así como limitar los accesos de terceras personas
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este miércoles la orden del Ministerio de Sanidad por la que se impone la obligatoriedad de guardar cuarentena de diez días a todos aquellos pasajeros procedentes de la India tras su llegada a España para evitar la propagación del coronavirus y sus variantes.
La orden, que entrará en vigor a las 00.00 del próximo 1 de mayo y tendrá una vigencia de catorce días, se ha adoptado tras constatarse en ese país un aumento muy importante de la transmisión de la enfermedad en las últimas semanas, con una mortalidad elevada.
La medida será obligatoria para todos los viajeros que lleguen de la India durante los diez días posteriores a su llegada, que serán siete si el pasajero se realiza una PCR para descartar el virus y da negativa.
Durante el periodo de cuarentena, los viajeros deberán permanecer en su domicilio o alojamiento, así como limitar los accesos de terceras personas.
También tendrán que restringir sus desplazamientos a los imprescindibles: adquirir alimentos, productos farmacéuticos o de primera necesidad; asistencia a centros de salud o causas de fuerza mayor.
El Ministerio de Sanidad ha aprobado esta orden ante la preocupación que existe por la nueva variante, detectada en la India y que posiblemente está relacionada con el aumento de transmisibilidad y la rápida expansión en ese país.
El departamento que dirige Carolina Darías considera que el impacto de estas variantes en España es muy limitado, por lo que la adopción de esta medida con carácter inmediato puede aún controlar, prevenir y evitar una mayor propagación.
Hasta la fecha, se han diagnosticado en la India 16.960.172 casos confirmados, superando en la última semanas los 300.000 diarios. Además, se han notificado un total 192.311 fallecidos, con cerca de 3.000 al día.