Huelva

Absuelta una pareja acusada de abusar de su hija en Trigueros

El Tribunal Supremo confirma la sentencia que dictó la Audiencia de Huelva al considerar que no había pruebas suficientes para condenarlos

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  • El Tribunal Supremo. -

El Tribunal Supremo ha confirmado la absolución de A.G.M y A.L·L., un matrimonio residente en Trigueros (Huelva) acusado de abusar sexualmente él de su hija menor adoptiva durante siete años y ella de consentirlo, que dictó la Audiencia de Huelva al considerar que no había pruebas suficientes para condenarlos.

En un auto al que ha tenido acceso Efe, el Supremo desestima el recurso interpuesto por la hija contra dicha sentencia, en el que alegaba, entre otras cuestiones, denegación indebida de la práctica de la prueba pericial anticipada de los profesionales de la Asociación Andaluza para la Defensa de la Infancia y la Prevención del Maltrato (ADIMA) o vulneración del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva y al derecho a utilizar todos los medios de prueba.

Los acusados adoptaron en el año 2007 en Melilla a dos hermanos, una niña de nueve años y un niño de tres, y los trasladaron a su domicilio de Trigueros.

El 10 de diciembre de 2014, la menor contó a la orientadora y al director de su instituto que su padre adoptivo había abusado de ella aprovechando que se quedaban a solas en la vivienda.

Relató que en un primer momento los abusos se desarrollaron entre los 9 y 11 años, momento en el que se lo comentó a su madre, si bien ésta no la creyó.

Los abusos, según el testimonio de la supuesta víctima, pararon durante un tiempo pero continuaron hasta 2014.

Asimismo, dijo que si alguna vez reprochaba al procesado su conducta este le daba dinero o le prometía no castigarla.

Los responsables del instituto comunicaron este relato a la Administración autonómica, que declaró a la menor en desamparo en abril del año 2015 y fue derivada a un programa de tratamiento de menores víctimas de abusos sexuales.

Tras el juicio, la Audiencia determinó que las pruebas practicadas "generan una importante duda" sobre la existencia de actos de contenido sexual entre el acusado, padre adoptivo de la denunciante, y ésta durante su minoría de edad.

También consideró que no existía complicidad de la acusada por el hecho de no haber dado crédito a un relato de su hija del que no ha quedado acreditado que hubiera sido destinataria. 

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