Jerez

Pacheco urge al Ministerio un “impulso procesal” para su indulto

El exalcalde recuerda en su escrito que lleva dos años esperando y alude también a las modificaciones introducidas en el Código Penal

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  • Pacheco, en un acto público reciente. -

El exalcalde de Jerez, Pedro Pacheco, ha presentado un escrito ante el Ministerio de Justicia solicitando el “impulso procesal” para su petición de indulto, dado que han pasado ya dos años desde que la tramitó ante esa misma instancia sin que hasta el momento se haya advertido ningún tipo de avance en la concesión de esta gracia.

En su escrito, Pacheco recuerda que el 3 de febrero de 2021 remitió por correo mediante carta certificada urgente a ese ministerio escrito interesando el induslto parcial de las penas de prisión e inhabilitación especial a las que fue condenado.

Con fecha 8 de junio de 2021, la Sección Octava de la Audiencia Provincial completó el expediente de indulto y lo remitió igualmente al Ministerio de Justicia.

Por tanto, desde la fecha de entrega del escrito de solicitud de indulto “han transcurrido ya más de dos años, sin que se haya resuelto en modo alguno, por lo que, visto el estado de paralización absoluta del procedimiento". 

Pedro Pacheco se ve “en la obligación de recabar y solicitar el correspondiente impulso procesal necesario, a fin evitar demoras como las que ya desgraciadamente han acontecido”.

El exalcalde entiende además que en su caso concurren “las circunstancias excepcionales requeridas en la Ley, como el exceso de pena que el Código Penal contempla”, una circunstancia que fue relacionada en el escrito inicial de solicitud de indulto parcial, “siendo además de especial relevancia que durante la tramitación de este procedimiento haya  entrado en vigor de la Ley Orgánica  14/2022, de 22 de diciembre (BOE 23/12/2022), que reforma el Código Penal, modificando unos delitos y atemperando o rebajando penas en otros” por los que fue condenado Pedro Pacheco.

Por todo ello, el exalcalde pide al ministerio la admisión del escrito, así como su unión al procedimiento ya iniciado hace dos años, de modo que se acuerde dar al mismo “el impulso procesal necesario y que legalmente corresponde para, previa la tramitación oportuna”, le sea concedida la gracia solicitada. 

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