Málaga

La Audiencia revisará el procesamiento del hombre imputado por matar a su exmujer en El Palo en 2011

Se ha señalado una vista el día 31 de este mes para resolver sobre el recurso presentado por la defensa contra el auto en el que se le procesó por cuatro delitos

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La Audiencia de Málaga tiene previsto revisar el procesamiento del hombre imputado por matar a su exmujer con un hacha y un cuchillo en la barriada malagueña de El Palo en febrero de 2011. Así, se ha señalado una vista el día 31 de este mes para resolver sobre el recurso presentado por la defensa contra el auto en el que se le procesó por cuatro delitos.

   El Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 3 de Málaga dictó una resolución el pasado julio por la que se procesó al hombre por los delitos de asesinato, con la agravante de parentesco, malos tratos habituales, quebrantamiento de condena y un delito de coacciones. Además, se le tomó declaración indagatoria, aunque se negó a contestar.

   En esa resolución se indicaba que el acusado esperó a la mujer en una calle y sobre las 09.10 horas ella pasó tras dejar a su hija en el colegio, momento en el que el procesado se dirigió a la víctima y "la golpeó con un hacha en la cabeza y en la cara". La mujer intentó huir, pero cayó al suelo, el imputado se colocó encima y con un cuchillo de grandes dimensiones "la agredió en varias ocasiones".


   La defensa recurrió el auto en apelación, al estar en desacuerdo con el procesamiento, considerando que no estaba ajustado a derecho, y ahora la Sección Octava de la Audiencia de Málaga deberá resolver sobre dicho recurso, según la providencia de la Sala, a la que ha tenido acceso Europa Press, para lo que ha fijado una vista en la que las partes expondrán sus argumentos.

   En dicho recurso, se alude, en primer lugar, a la negativa "sistemática" a las diligencias solicitadas por la defensa en diferentes escritos y que tenían la finalidad de "desacreditar entre otros extremos los delitos encartados a mi mandante" en el auto de procesamiento, como es el maltrato habitual y el quebrantamiento de condena y las coacciones.
PETICIONES DE LA DEFENSA

   En este punto, se incide en el escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, que se deniegan las peticiones de la defensa, "aceptándose siempre las de la acusación, con claro quebranto del derecho a la igualdad del proceso". Por esto, considera la defensa que se genera "indefensión", ya que son diligencias a practicar en instrucción y no en el plenario.

   El letrado señala que, aunque existe un informe forense, "esta parte pretende contradecir el contenido del mismo y en especial la imputabilidad de mi mandante", apuntando que "como carece de la capacidad económica para postularlo de manera privada --la defensa es de oficio-- es por lo que conviene la designación de un perito que pueda contradecir el informe".

   También hace referencia a que se denegó otra diligencia consistente en oficio al centro donde se realizaba el curso de reeducación, que el abogado defensor considera "fundamental para el derecho de defensa", ya que "viene a justificar la presencia en Málaga y la ausencia del ánimo de quebrantar orden alguna". Además, insta a la ampliación de otro informe.

   La defensa considera que la causa "ha de continuar su legal tramitación" y deben practicarse estas diligencias, apuntando que "no es sólo objeto de este procedimiento investigar sobre la existencia de indicios de criminalidad en el comportamiento del imputado, sino que las diligencias de investigación esenciales lo han de ser igualmente para el esclarecimiento de los hechos de descargo".

   En segundo lugar, el letrado alega que se le están imputando delitos "frente a los que ya ha habido condena firme y ejecutoria" y apunta que los hechos principales en todo caso se corresponderían con un delito de homicidio con atenuante de trastorno mental, "cuestión que en la instrucción se ha dejado pasar sobre la base de la denegación de diligencias".

   Por todo esto, insta a la Sala a que se deje sin efecto el auto, acordando la práctica de las diligencias "que acrediten una afectación psiquiátrica del imputado" y las demás de descargo; o, en su caso, se califiquen los hechos de homicidio, y no de asesinato; y se excluya el procesamiento por los delitos de maltrato habitual, coacciones y quebrantamiento.

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