Provincia de Granada

El TSJA avala el proyecto del teleférico a Sierra Nevada tras el rechazo de la Junta en 2007

De hecho, directamente entiende \"favorable\" la DIA, \"sin necesidad de reiteración\" de ese trámite, y pide a la Dirección General de Transportes que resuelva sobre la necesidad de la conveniencia de la instalación

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  • SIERRA NEVADA -

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha emitido una sentencia en la que avala el proyecto que en su día quiso poner en marcha un grupo de empresarios, agrupados en la compañía Teleférico Sierra Nevada S.L., para la concesión de un servicio público de transporte por cable entre la ciudad de Granada y Pradollano, en Sierra Nevada.

   Los magistrados estiman el recurso contencioso administrativo interpuesto por la empresa a la resolución de 28 de diciembre de 2007 dictada por la Dirección General de Transportes de la entonces Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía que denegaba su solicitud "por no apreciarse la necesidad del servicio o su conveniencia", considerándolo además "inviable" por no ser una alternativa competitiva al vehículo privado.

   En el fallo, al que ha tenido acceso Europa Press y contra el que no cabe recurso de casación, la sala anula esa resolución, así como la que posteriormente emitió la Consejería rechazando el recurso de alzada de la empresa, e incluso la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) sobre el proyecto, y ordena que se retrotraigan las actuaciones al momento justo anterior.

   De hecho, directamente entiende "favorable" la DIA, "sin necesidad de reiteración" de ese trámite, y pide a la Dirección General de Transportes que resuelva sobre la necesidad de la conveniencia de la instalación y la aprobación o denegación del proyecto.

   Además, el Alto Tribunal recuerda que este tipo de actuaciones no están prohibidos en espacios protegidos, como es el caso de Sierra Nevada, y existen teleféricos instalados incluso en el interior de parques nacionales como el de las Cañadas del Teide o en los Picos de Europa. Por ello, considera que no basta en ese sentido una declaración negativa del proyecto alegando que no es compatible con los criterios establecidos para esa zona.

   Frente al informe de la Junta, la Sala destaca además el estudio que presentó la empresa, "con datos exhaustivos y convincentes" sobre los efectos de reducción en mayor proporción del tráfico rodado, sobre los efectos medioambientales favorables asociados al proyecto --disminución de accidentes, ruidos, emisiones de gases contaminantes--, y acerca del impacto sobre la actividad económica y crecimiento del empleo que supondría, según consta en la sentencia, que adelanta este lunes el diario 'Ideal' de Granada.

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