Provincia de Granada

El exalcalde de Atarfe alega otra vez razones de salud para no asistir al juicio, que es suspendido

La Fiscalía ha pedido que si del resultado de ese informe se desprende que Sánchez no estaba imposibilitado para acudir este martes a la Audiencia, se ordene su búsqueda y detención, algo de lo que se tendrán que pronunciar ahora los jueces

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El exalcalde de Atarfe (Granada), el socialista Víctor Sánchez, ha vuelto a alegar problemas de salud para no presentarse este martes en el juicio que estaba previsto contra él y el arquitecto municipal en la Sección Primera de la Audiencia Provincial por la posible comisión de un delito continuado de prevaricación ordinaria y otro de prevaricación urbanística en el caso del cambio presuntamente irregular de la edificabilidad de unos terrenos del residencial Balcón de Cubillas, cercano al campo de golf.

   Por ello, el presidente del tribunal, el magistrado Jesús Flores, ha acordado suspender la vista por incomparecencia del procesado, acordando no obstante que forenses del Instituto de Medicina Legal se personen en su domicilio para elaborar un informe acerca de su estado. En función de sus conclusiones, el tribunal tomará la decisión que corresponda.

   La Fiscalía ha pedido que si del resultado de ese informe se desprende que Sánchez no estaba imposibilitado para acudir este martes a la Audiencia, se ordene su búsqueda y detención, algo de lo que se tendrán que pronunciar ahora los jueces.

   Por su parte, el abogado defensor de Sánchez, que ha presentado un informe detallando las dolencias de su cliente, ha informado además a la Sala de que no había tenido tiempo de prepararse el caso al haber recibido el visto bueno para personarse el día anterior a la vista, si bien el presidente del tribunal ha dicho que ese no podía ser un motivo para suspender, pues había tenido tiempo de sobra para informar de que se encargaba de la representación de Sánchez, si bien ha acordado el aplazamiento por la incomparecencia del exalcalde.

   Quien sí se ha presentado ante la Sala ha sido el arquitecto municipal en el Ayuntamiento de la localidad, también acusado de los mismos delitos que Sánchez, y que se enfrenta, como él, a un total de 16 años de inhabilitación para empleo o cargo público y un año de prisión, si bien su presencia no ha sido suficiente para continuar con el proceso.

   El juicio que estaba previsto celebrarse este martes y miércoles es el que la Audiencia ordenó repetir, que ya tuvo lugar en 2011 en el Juzgado de lo Penal 5 de Granada y que acabó con la condena a Sánchez a 14 años de inhabilitación especial y 9 meses de prisión por un delito contra la ordenación del territorio y otro de prevaricación administrativa.

   Asimismo, también fue condenado el arquitecto municipal como "cómplice" de un delito continuado de prevaricación administrativa y autor de otro contra la ordenación del territorio, por los que también se le impuso una pena de 13 años de inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión de arquitecto, y nueve meses de prisión, según constaba en la sentencia, de fecha 13 de octubre de 2011.

   Aquel fallo fue recurrido tanto por Sánchez como por el arquitecto, que pidieron la nulidad del juicio al considerar que el Juzgado de lo Penal carecía de "competencia objetiva" para conocer de los delitos continuados de prevaricación urbanística y ordinaria, competencia que recaería sobre la Audiencia Provincial, lo que finalmente aceptó el tribunal de la Sección Primera.

   Para este segundo juicio por el mismo caso, la Fiscalía pide tanto para el exalcalde como para el arquitecto la misma pena que solicitaba inicialmente, Y solicita que se declare la nulidad de todas las resoluciones contrarias a derecho en este caso, interesando asimismo la demolición de las viviendas construidas, todo ello "sin perjuicio de las indemnizaciones debidas a terceros de buena fe".

   Según la acusación provisional del Ministerio Público, al que tuvo acceso Europa Press, ambos acusados "omitieron de forma absoluta todos los trámites esenciales y garantías de control de legalidad previstas", y emplearon para ese cambio de edificabilidad la figura del Estudio de Detalle, excluyendo así el control de la Junta de Andalucía, y prescindiendo además del dictamen preceptivo y vinculante del Consejo Consultivo de Andalucía.

   La parcela en cuestión constaba en las Normas Subsidiarias de Atarfe --revisadas en 1994-- con unos parámetros urbanísticos que establecían que los terrenos tendrían una altura máxima de edificación de dos plantas más ático y una parcela mínima de 400 metros cuadrados.

   Años más tarde, el 22 de abril de 2004, el Ayuntamiento firmó un convenio con los propietarios de los terrenos, la empresa Grupo Gestión y Dotación del Suelo S.L., que contenía estipulaciones "tendentes a conseguir el mayor lucro de la entidad promotora", mediante el incremento de la edificabilidad y densidad de viviendas, y con posterioridad, concretamente el 7 de marzo de 2006, se pactó definitivamente entre ambas partes la modificación "tipológica" de vivienda unifamiliar a residencial plurifamiliar.

   La consecución del fin perseguido, señala el fiscal, "requería la tramitación de las correspondientes innovaciones", con un procedimiento marcado por las garantías controles exigidos legalmente, por lo que el alcalde y el arquitecto decidieron utilizar el Estudio de Detalle "con el fin de eludir toda participación de terceros", al tratarse de un instrumento que "reduce el periodo de información pública" y "omite toda participación de la Administración Autonómica en la aprobación definitiva". Con ello, se modificaba no sólo la edificabilidad de los terrenos, sino también sus usos globales.

   El proyecto de reparcelación aprobado por el alcalde dividió los terrenos en un total de 242 parcelas, de las cuales 32 eran de 200 metros cuadrados --en contra de la determinación de las Normas Subsidiarias--, todo previo informe del arquitecto municipal, que también avaló el Estudio Detalle, que redactó la promotora. Ya el 9 de junio de 2006, el pleno del Ayuntamiento de Atarfe aprobó definitivamente el Estudio de Detalle, con el voto favorable del alcalde, sin que conste, señala el fiscal, "que los concejales que también votaron a favor conocieran los planes ilícitos de Sánchez y del arquitecto municipal".

"MODIFICACIÓN CLARAMENTE ILÍCITA"

   Los procesados consiguieron "una modificación claramente ilícita" de la ordenación urbanística aplicable por dos motivos: Por el contenido de los convenios y las resoluciones municipales que contemplaban un incremento de la edificabilidad y densidad y que debían ajustarse a la Ley de Ordenación Urbana de Andalucía, una normativa que no puede ser excluida por los Estudios de Detalle; y por la violación de los parámetros con el "único fin" de aumentar el aprovechamiento urbanístico "en detrimento de los espacios dotacionales públicos en servicio de la comunidad y por tanto en la calidad de vida de los ciudadanos".

   Así las cosas, y de acuerdo a los cambios "ilícitamente introducidos" a través del Estudio de Detalle, el alcalde, en base al informe favorable del arquitecto municipal, aprobó el 24 de septiembre de 2005 conceder licencia a la promotora para la construcción  de 96 viviendas, locales comerciales, aparcamientos y trasteros en una parcela de una manzana del sector SR-21 de las Normas Subsidiarias de Atarfe.

   Sánchez dimitió de su cargo como alcalde en diciembre de 2009 tras ser condenado a tres años de prisión e inhabilitación por un delito medioambiental en el caso de los vertidos de aguas residuales en la urbanización Llanos de Silva, si bien después fue absuelto en firme por la Audiencia Provincial de Granada.

   El exalcalde se sentó por última vez en el banquillo de los acusados el pasado mes de diciembre, concretamente en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Granada por un posible delito continuado contra la ordenación del territorio en una operación para la construcción de una nave comercial en suelo no urbanizable, del que finalmente fue absuelto, junto con el arquitecto municipal.

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