Los exeventuales reclaman que se les tenga en cuenta en Navidad

Publicado: 21/11/2017
Los trabajadores contratados intermitentemente entre 2013 y 2016 han solicitado ser tenidos "en cuenta" para las contrataciones del plan especial de Navidad
Los trabajadores contratados intermitentemente entre 2013 y 2016 por la sociedad municipal Limpieza Pública y Protección Ambiental (Lipasam), quienes denuncian su "exclusión" de las nuevas contrataciones temporales de la empresa, han solicitado ser tenidos "en cuenta" para las contrataciones relacionadas con el plan especial de Navidad.

A grandes rasgos, este colectivo fue objeto de contrataciones temporales por parte de Lipasam entre 2013 y 2016, para servicios especiales como los de Semana Santa o Feria, al no estar lista la nueva bolsa de empleo de peones promovida desde 2013.

Y es que el comité de empresa de Lipasam había impugnado dicha bolsa de empleo, creada a partir de pruebas selectivas, en demanda de que los miembros de la antigua bolsa, que habrían accedido a la misma sin proceso selectivo previo, fuesen declarados como empleados indefinidos no fijos a cuenta de sus años de relación con la sociedad.

El conflicto fue resuelto en 2016, cuando por acuerdo entre Lipasam y su comité de empresa, 330 miembros de la antigua bolsa de empleo de 2005 fueron declarados como trabajadores "indefinidos no fijos por tiempo discontinuo", consolidando así su relación con la empresa, y era constituida definitivamente la nueva bolsa de empleo temporal de peones, formada por 600 personas.

Dado el caso, Lipasam canalizó a través de estos dos colectivos sus contrataciones temporales, prescindiendo de los empleados eventuales con los que había ido contando entre 2013 y 2016.

En consecuencia, este grupo de aproximadamente 60 trabajadores reclama que se les declare también como trabajadores indefinidos no fijos por tiempo discontinuo, merced al "precedente" de los miembros de la antigua bolsa de empleo. Pero hasta el momento, el colectivo no ha contado con respaldo en materia de sentencias judiciales.

El Juzgado de lo Social número dos, por ejemplo, desestimaba hace meses una demanda de una extrabajadora de este grupo, en la que sería la cuarta sentencia con el mismo resultado, descartando que hubiese "despido alguno" porque las contrataciones eventuales no suponen "la adquisición de ningún derecho de acceso preferente a la plantilla".

NO ES TAN FÁCIL

En paralelo, el Gobierno local socialista alega que "cualquier solución debe pasar por el cumplimiento de la normativa y del marco legal vigente, así como por la negociación colectiva con los representantes de los trabajadores". Al respecto, señalaba el Gobierno local la negativa del comité de empresa a sumarse al conflicto colectivo promovido por estos extrabajadores eventuales, así como las sentencias que descartan que estos extrabajadores fuesen objeto de despido nulo o improcedente, entre otros aspectos.

El colectivo, no obstante, reclama a Lipasam que de cara a las contrataciones previstas para el plan especial de Navidad, se les tenga "en cuenta" con la aplicación de "los mismos criterios que se le tuvo en cuenta al personal no fijo por tiempo discontinuo", donde figuraría "personal que jamás trabajó en Lipasam, personal que no pasó el proceso selectivo, personas que quedaron excluidas de dicho proceso y personal despedido y con sentencia judicial desfavorable".

Para ello, los extrabajadores eventuales de Lipasam esgrimen un fragmento de una de las sentencias que les son desfavorables, en la que el juzgado en cuestión considera que la trabajadora protagonista del litigio "se halla incluida en principio en el personal al que sería aplicable el compromiso de transformación de su contratación eventual en fija discontinua", si bien dicho fragmento no figuraría en la parte dispositiva de la resolución judicial.

Además, el colectivo señala las dos mociones aprobadas por el pleno en favor de su consideración como trabajadores indefinidos no fijos por tiempo discontinuo, toda vez que el pleno carece de competencias efectivas en materia de contratación de personal. Del mismo modo, estos extrabajadores temporales de Lipasam defienden que el convenio colectivo "recoge la conversión en personal indefinido no fijo por tiempo discontinuo de los contratos eventuales", extremo que según alegan sería de aplicación en su caso.

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