Sevilla

Juzgan a una mujer con tres hijos y a su madre por ocupar piso social

La familia fue denunciad por una monja, presidenta de la Asociación Familia Vicenciana, a la que la Junta de Andalucía tiene alquilada la vivienda

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  • Juzgados de Sevilla. -

El Juzgado de Instrucción número 18 de Sevilla juzga este miércoles a una mujer, con tres hijos menores de edad, y a su madre por un delito leve de usurpación después de que éstas fueran denunciadas por una monja, presidenta de la Asociación Familia Vicenciana, por ocupar un piso social que la Junta le tiene arrendado en la avenida 28 de Febrero de la capital andaluza a la entidad religiosa para personas en riesgos de exclusión social.

El 19 de septiembre, según un atestado policial, al que ha tenido acceso Europa Press, dos agentes de la Policía Nacional recibieron un aviso de la Sala del 091 para que se personaran en una vivienda en un bloque de pisos de la avenida 28 de Febrero de Sevilla donde "al parecer se está produciendo la ocupación de una vivienda".

A su llegada, los agentes observan "forzada" la cerradura de la puerta de acceso al piso y son recibidos por dos mujeres, madre --María del Rocío V.B.-- e hija --María del Rocío F.V.--, que han accedido al inmueble, donde conviven con tres menores de seis años, 14 meses y dos meses, hijos de la segunda.

María del Rocío F.V. ,defendida por el abogado David Pareja, trasladó a los agentes que ella había trabajado anteriormente para la antigua titular y residente del piso, ya fallecida, y que ésta le habría otorgado "el uso y disfrute de la vivienda cuando ella muriese, si bien no llegó a ratificarlo por escrito". Motivo que le llevó a acceder a la vivienda, "sabiendo que ya no estaba ocupado, forzando para ello la cerradura de acceso con la ayuda de varios vecinos".

Como consecuencia de esta situación, el 27 de octubre, una religiosa de las Hijas de la Caridad, presidenta y en representación de la Asociación Familia Vicenciana, presentó una denuncia ante los juzgados por estos hechos. En la misma, a la que ha tenido acceso Europa Press, expone que el 21 de septiembre, al intentar acceder al piso referido, vivienda social que la Asociación tiene adjudicada en alquiler para desarrollar el Proyecto Miguel de Mañara, se encontró el inmueble ocupado por un grupo de personas que "se negaron a abandonarla" y que "como consecuencia de dicha usurpación habían causado daños visibles en las cerraduras".

El piso, según el contrato de arrendamiento firmado en julio de 2018 entre la Asociación y la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía de la Junta, ha sido designado a la entidad social para desarrollar el Proyecto Miguel de Mañara y "facilitar la integración social a personas en riesgo de exclusión social proporcionando una atención integral a través de centros de acogida y piso en régimen tutelado".

Por lo que desde la ocupación del piso "no puede desarrollarse el proyecto con los graves perjuicios que ello causa a los usuarios del programa", según la denuncia de la Asociación, inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones.

RECHAZADA LA MEDIDA CAUTELAR DE DESALOJO INMEDIATO

Ante esta situación, la Asociación, que abona a la Junta 80 euros al mes por el alquiler de este piso (También el IBI, los gastos de la comunidad y los suministros), solicitaba al juzgado la adopción de la medida cautelar de desalojo previo del inmueble para la recuperación de la libre disposición de la vivienda, petición a la que se adhería la Fiscalía.

En su escrito, de 22 de octubre y al que ha tenido acceso Europa Press, el Ministerio Público expone que "nos hallamos ante un supuesto excepcional que requiere una solución excepcional", pues "se trata de una vivienda que iba a ser ya destinada a acoger mujeres víctimas de trata de seres humanos, por lo que el destino de la vivienda exige la adopción de la medida cautelar con el inmediato desalojo de la vivienda".

Si bien, esta medida ha sido rechazada por el Juzgado de Instrucción número 18 de Sevilla, en un auto de 30 de octubre. La titular de este órgano judicial, Beatriz González, considera "prematuro e injustificado" adoptar esta medida cautelar.

Así, expone que "solicita el desalojo quien no ostenta la titularidad de la vivienda, sino un derecho posesorio arrendaticio que debería hacer efectivo frente al arrendador --la Junta--, que le ha alquilado el inmueble supuestamente desocupado".

De otro lado, la denunciada, que vivía junto a su madre en la misma avenida con anterioridad, argumenta disponer de un título "no escrito", como es el legado de la anterior titular de a vivienda, "por lo que la controversia debe ser adecuadamente valorada en el acto del juicio", que tendrá lugar este miércoles.

Si bien, cuestiona la juez que este proceso penal sea el cauce más adecuado para resolver sobre el mejor derecho de una u otra propietaria. Tampoco consta la oposición de la propiedad para la ocupación del inmueble, ya que, "quien aparece como titular registral no parece haberse puesto en contacto con ellas hasta el momento y mucho menos haberles formulado un requerimiento".

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